Óscar Puente minimiza las consecuencias de las sanciones impuestas tras la anulación del plan de regulación de movilidad

Los servicios jurídicos estudiarán la resolución de la sentencia conocida este viernes por parte del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Léon que declara nulo el decreto del Ayuntamiento de Valladolid que estableció una nueva regulación del tráfico con la peatonalización de varias calles del centro y la habilitación de carriles bici y carriles bus-taxi. «Me he enterado un minuto antes de entrar a una rueda de prensa», explicaba el alcalde Óscar Puente durante la comparecencia del equipo de Gobierno analizando las inversiones de los fondos europeos.

Puente se ha mantenido cautlo a la hora de valorar la sentencia del TSJ y señala que las devoluciones de las sanciones impuestas por la nueva regulación del tráfico que deberá reintegrar a los afectados «no será gran cantidad económica» ya que las medidas adoptadas por el Consistorio «no habían tenido una incidencia grave». El alcalde ha recordado que solo se han impuesto multas a quienes superaban el límite de velocidad a 30 kilómetros por hora e invadían el carril bici y el de bus, y además de la dirección prohibida en la calle Cánovas del Castillo.

El regidor vallisoletano esperará a los próximos días para explicar las medidas que adopte el Ayuntamiento tras conocerse esta sentencia. «Necesito hablar con Asesoría Jurídica y ver qué pasos tomamos. Es un caso de complejidad», concluyó el regidor.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ ha desestimado el recurso del Consistorio contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital confirmando dicha resolución por entender que la intervención en el tráfico en esos puntos neurálgicos, en los que se ha provocado un «caos circulatorio», fue de tal calado que, sostienen, debió hacerse mediante una ordenanza y no por decreto.

En este sentido, la anulación del decreto supone que la totalidad de las sanciones impuestas y recaudadas por el Ayuntamiento con ocasión de la implantación de esta regulación, ya declarada radicalmente nula, «han de ser reintegradas a sus interesados, sin excusa ni dilación alguna». Además, la sentencia explica que ante la falta de estudio económico sosegado y la consustancial falta de audiencia a las empresas y vecinos usuarios de esas vías y por tanto afectados puede sustentar, incuestionablemente, las oportunas reclamaciones por responsabilidad patrimonial.