El Consejo de Gobierno ha adoptado en la mañana de este jueves un acuerdo por el que se da publicidad a la Orden del Ministerio de Sanidad de 4 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado al día siguiente, que establece el decaimiento de las medidas extraordinarias frente a la pandemia por la COVID-19 adoptadas hasta la fecha para el conjunto del Sistema Nacional de Salud. De forma análoga, el acuerdo adoptado esta mañana por el Ejecutivo de Castilla y León da publicidad a la orden ministerial.
En concreto, para general conocimiento y por ser de obligado cumplimiento, el Consejo de Gobierno ha formalizado la más reciente declaración de actuaciones coordinadas en materia de salud pública dictada por el Ministerio de Sanidad, que tienen por objeto dejar sin efecto las medidas extraordinarias frente a la COVID-19 que seguían en vigor hasta la fecha y que correspondían a anteriores declaraciones de actuaciones coordinadas de aplicación en el conjunto de las comunidades autónomas.
En el caso de Castilla y León, este decaimiento normativo advenido con el fin de la crisis sanitaria pandémica afecta a tres acuerdos, como el Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19; el Acuerdo 100/2021, de 16 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la situación de riesgo controlado para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León; y el Acuerdo 29/2022, de 31 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas especiales de salud pública en el ámbito de los eventos deportivos multitudinarios para la contención de la COVID-19 en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
No obstante, pese al decaimiento normativo, la Junta de Castilla y León sigue apelando con carácter general a la responsabilidad social y ciudadana, por lo que recomienda el uso de la mascarilla y la adopción de otras medidas higiénico-sanitarias ante síntomas de infección respiratoria, especialmente en centros sanitarios y sociosanitarios; cuando las personas sintomáticas estén en espacios compartidos; por parte de profesionales que atiendan a esos pacientes; y por las personas que trabajen en unidades de cuidados intensivos y en unidades con pacientes vulnerables.