La Junta de Castilla y León desde la Consejería de Sanidad tendrá que indemnizar con 5.000 euros a la familia de un paciente de 80 años que murió tras caerse de una camilla en un box de urgencias en el Hospital Clínico de Valladolid. La Asociación ‘El Defensor del Paciente’ denuncia que a pesar de que Sacyl reconoce su responsabilidad «solo considera indemnizable la falta de medidas que pudieron evitar esta caída, pero no el fallecimiento que considera que pudo producirse por las patologías previas del paciente».
Los hechos se produjeron en 2018 cuando el octogenario fue trasladado al hospital tras sufrir una caída en su domicilio golpeándose en la cabeza. El paciente que presentaba un déficit de equilibrio quedó en un box de urgencias «sin ningún acompañante y sin que se tomara ninguna precaución ante el riesgo de que el hombre se volviera a caer». Finalmente, sucedió y el hombre se golpeó en la cabeza y en la cara.
Además, según relatan desde ‘El Defensor del Paciente’, los sanitarios le realizaron un TAC que mostraba hematomas en la zona del cráneo y en la mejilla aunque no tenía hemorragias. Tras una mera cura por parte de las enfermeras, el médico le dio el alta al paciente sin que se le realizara ninguna prueba neurológica para comprobar si podía tener un posible traumatismo craneoencefálico.
Días después, el hombre comenzó a sufrir un deterioro neurológico produciéndole una disminución de su nivel de conciencia y volvió a ingresar en el Servicio de Urgencias del Clínico de Valladolid. En ese momento, el personal sanitario le confirmó que existía un gran hematoma muy evolucionado que no permitía ninguna intervención quirúrgica y una horas después falleció.
Una vez conocida esta resolución por parte de la Consejería de Sanidad, los hijos del fallecido mostraron su «profunda decepción» puesto que a su juicio, existe independencia de cual de los dos traumatismos fue el que le provocó la hemorragia a su padre como causa de su fallecimiento. Los familiares de la víctima consideran que le deberían de haber realizado un TAC de comprobación antes de darle el alta médica. Mientras que la Consejería «se limita únicamente a declara la responsabilidad del Servicio Médico de Urgencias que atendió al paciente por la primera caída que sufrió».
Por último, los hijos creen que la caída que sufrió su padre en el Clínico de Valladolid se podía haber evitado «simplemente con que se hubiera permitido el acompañamiento familiar» y sostienen que tampoco era necesario adoptar medidas especiales.