El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Valladolid, tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, mediante la cual la Consejería de Sanidad de Castilla y León se ve obligada a pagar 50.366 euros a una paciente de cáncer que «fue desahuciada». La mujer tuvo que acudir a clínica privada para operarse de un cáncer de ovario cuando desde Sanidad la derivaron a Cuidados Paliativos, dando su caso por perdido y a la paciente desahuciada. La Consejería de Sanidad deberá reintegrar los gastos derivados de la intervención en una clínica privada. Todo se remonta cuando la paciente, de 52 años, en marzo de 2020, fue diagnosticada de un cáncer de ovario en el Hospital Río Hortega de Valladolid.
Tras la biopsia de la pieza, se le informó que el tumor era avanzado e inoperable, dirigiéndola a Oncología para decidir tratamiento. Se inició así un tratamiento de quimioterapia que no mostró ningún resultado favorable. Mientras tanto, el estado de la paciente fue empeorando a pasos agigantados, llegando a presentar caquexia en pocas semanas un peso inferior a 40 kilos. Como consecuencia, Sanidad decidió pasarla a Cuidados Paliativos domiciliarios, dándola ya por desahuciada. Entonces su familia decidió acudir a la Clínica Universidad de Navarra buscando un tratamiento que mejorase su estado de salud. Allí facilitaron todas las pruebas diagnósticas y tratamientos realizados en el Hospital Río Hortega. Cuando los profesionales de la clínica observaron el diagnóstico inicial informaron a la paciente y sus familiares que el tumor que presentaba en el ovario sólo admitía un tratamiento quirúrgico.
Por eso, el tratamiento de quimioterapia que se le había aplicado no había resultado efectivo. Se les informó que era necesario operar sin demora para salvar su vida, a la vista del estado en que se encontraba la paciente. La mujer volvió al Hospital Río Hortega de Valladolid, informando de la posibilidad de intervención de la que le habían hablado en Navarra, solicitando que Ginecología valorase tal posibilidad quirúrgica. «La respuesta que recibió por parte del Hospital fue que ya estaba en manos de Paliativos, y así continuaría hasta el final. Le denegaron el único tratamiento que le podía salvar la vida», tal y como señalan en un comunicado El Defensor del Paciente. Por ello, la paciente decidió someterse a la intervención quirúrgica en la Clínica Universidad de Navarra. La cirugía se realizó en julio de 2020 y tras esta se realizó tratamiento de quimioterapia, quedando libre de enfermedad.
Ahora, la Sentencia reconoce el derecho de la paciente a que se le restituya lo que pagó en la clínica privada, al considerar que se trataba de una «auténtica urgencia vital» que le obligó a buscar la asistencia médica fuera del sistema público de salud para salvar su vida. La Consejería de Sanidad alegaba que la paciente había hecho un «uso caprichoso» de los medios de la sanidad privada, buscando ahora que se le devolviera lo gastado de una manera injusta. Sin embargo, la Sentencia tumba la argumentación y obliga a la Consejería a devolver a la paciente los costes que debió asumir para someterse al único tratamiento posible para el tumor de ovario, una operación que le ha salvado la vida, y en la sanidad pública se le negó, condenándole a una muerte segura.
Al respecto, la presidenta de la Asociación El Defensor del Paciente, Carmen Flores, reprocha que «se firmó una sentencia de muerte, a pesar de que existía tratamiento para erradicar el cáncer de la paciente; una intervención quirúrgica que tuvo que buscar fuera del sistema púbico de salud. Sistema al que todos contribuimos con nuestros impuestos, también esta paciente». «No se puede tolerar comportamientos como el aquí sucedido», concluye Flores.