La Junta de Castilla y León inicia hoy un servicio personalizado de atención presencial para la elaboración y presentación de las declaraciones del IRPF, asesorando a los ciudadanos sobre las deducciones autonómicas aplicables en 81 municipios del medio rural. Este servicio, con un grado de satisfacción del 95% de los usuarios del año pasado, se realiza desde hace 27 años a través de un convenio de colaboración con la Agencia Tributaria durante la Campaña de la Renta. La Consejería de Economía y Hacienda presta desde hoy este servicio de forma itinerante en los 81 pueblos, que facilitan sus instalaciones para atender a los contribuyentes del mundo rural, con el objetivo de ofrecer los mismos servicios a todos los ciudadanos de la Comunidad, ya que la Agencia Tributaria presta el servicio de ayuda a la elaboración de las declaraciones de la renta en el ámbito urbano con carácter general.
El servicio que se ofrece consiste en la confección de la declaración a través del sistema Renta Web y en la presentación de la declaración en nombre de los contribuyentes que lo soliciten, en la atención de todo tipo de consultas que formulen y en informar de las 20 deducciones autonómicas propias de Castilla y León que pueden aplicar en su declaración. Los contribuyentes pueden gestionar su cita previa a través de la página web, en la aplicación ‘Agencia Tributaria’ y a través del teléfono 915530071. La sucesivas bajadas de impuestos aplicadas por la Junta de Castilla y León prevén un ahorro fiscal de 131,35 millones de euros, de los que 90 millones corresponden a la bajada de tipos y a la mejora de tramos de la tarifa autonómica para todos los contribuyentes y 41,35 millones proceden de las deducciones autonómicas, que benefician a más de 1.360.000 contribuyentes. En los últimos cinco años, el incremento en el ahorro fiscal para los castellanos y leoneses supera el 55%, al pasar de 83,72 en 2020 a 131,35 millones de euros previstos para la campaña de 2024. En cuanto a las novedades de la Campaña de la Renta 2024, se amplía a los residentes en entidades locales menores, de población inferior a 5.000 habitantes que pertenezcan a grandes municipios, 130 entidades locales en total, la deducción incrementada por nacimiento o adopción en el medio rural.
Además, se ha establecido la compatibilidad de la deducción autonómica por adquisición de vehículos eléctricos enchufables -eléctricos puros, eléctricos con autonomía extendida e híbridos enchufables-, con la aprobada por el Estado, y que con vigencia temporal ha prorrogado recientemente hasta finales de 2025, garantizando siempre que la cuantía total deducible por el contribuyente alcance hasta el importe autonómico de 4.000 euros, por ser mayor que el importe máximo estatal. Recientemente la Junta de Castilla y León ha implementado nuevos medios de pago telemáticos para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. El objetivo es facilitar un método sencillo, sin costes adicionales y sin la limitación de horarios de atención al público o de caja de las entidades financieras colaboradoras en la gestión recaudatoria. A partir de ahora, los contribuyentes adheridos a la aplicación móvil BIZUM podrán abonar sus tributos autonómicos cuyo importe sea inferior a 3.000 euros a través de esta aplicación. Asimismo, se ofrece la posibilidad de realizar el pago telemático de todos los tributos autonómicos de importe inferior a 3.000 euros mediante tarjeta de crédito o débito a través de la Oficina Virtual de Impuestos Autonómicos del Portal Tributario de la Junta. Esta plataforma está disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana, lo que otorga una gran flexibilidad para realizar pagos en cualquier momento.
Esta opción de pago está disponible a través de todas las entidades bancarias que dispongan de este sistema y no generará ningún tipo de comisión para el usuario. Se podrán utilizar en el pago de tributos autonómicos como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como otras tasas y precios públicos. La Consejería de Economía y Hacienda impulsa así la mejora continua de los servicios de atención y asistencia al contribuyente, avanzando hacia la modernización y simplificación del pago de los tributos autonómicos. Además, se amplía a todos los tributos la opción de pago presencial con tarjeta bancaria, de crédito o débito, a través de datáfono, similar al pago en comercios, en los nueve Servicios Territoriales de Hacienda y en las 55 Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario para importes inferiores a 3.000 euros. En concreto, son 20 Deducciones autonómicas en el IRPF. En el apoyo a la familia, por nacimiento o adopción de hijos aplicándose 1.010 euros por el primer hijo, 1.475 euros por el segundo hijo y 2.351 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos; por partos o adopciones múltiples si los partos o adopciones son de dos hijos, adicionalmente un 50% de la cantidad que corresponda por parto simple y si los partos o adopciones son de tres o más hijos, adicionalmente el 100% de la cantidad que corresponda por parto simple; por gastos de adopción 784 euros y 3.625 para adopciones internacionales.
En el mismo apartado, por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad, las cantidades de los apartados 1 y 2 anteriores se duplicarán en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%; por discapacidad del contribuyente, contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65% y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65%, 300 euros; por adaptación de la vivienda habitual a personas con discapacidad un 15% de la inversión con un límite máximo de 20.000 euros, concurriendo determinados requisitos; por familia numerosa, 600 euros por familia, con carácter general, con cuatro descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendiente en 1.500 euros, con cinco descendientes 2.500 euros, y a partir del sexto y sucesivos descendientes, la deducción anterior se incrementa en 1.000 euros adicionales; por cuidado de hijos menores de 4 años, un 30% de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros, concurriendo determinados requisitos, o 100% de determinados gastos en escuelas infantiles, centros y guarderías infantiles de la Comunidad, concurriendo determinados requisitos con el límite de 1.320 euros.
También por cuidado de hijos menores por empleados del hogar un 15% de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros. En cuanto al apoyo al medio rural, las deducciones son por nacimiento o adopción de hijos en el medio rural aplicable a los contribuyentes residentes en municipios o entidades locales menores cuya población no exceda de 5.000 habitantes, 1.420 euros por el primero, 2.070 euros por el segundo, 3.300 euros por el tercero y sucesivos; por la adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en municipios o entidades locales menores del medio rural el 15% de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación de viviendas de valor inferior a 150.000 euros, hasta 1.500 euros anuales; por alquiler de vivienda habitual en municipio o entidad local menor del medio rural un 25% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en municipios o entidades locales menores del medio rural; por rehabilitación de vivienda en municipio o entidad local menor del medio rural destinada al alquiler un 15% de las cantidades invertidas con importe máximo de 20.000 euros, concurriendo determinados requisitos. En el apoyo a los jóvenes, por alquiler de vivienda habitual un 20% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros.
En el apoyo a la sostenibilidad, por inversión en instalaciones medioambientales en la vivienda habitual el 15% de la inversión, con un límite máximo de 20.000 euros; para el fomento de la movilidad sostenible el 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas más eficientes y sostenibles eléctrico puro, con autonomía extendida o híbrido enchufable con autonomía eléctrica de más de 40 kilómetros con un límite de 4.000 euros concurriendo determinados requisitos como que el valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no puede superar 40.000 euros. En el Patrimonio Cultural y Natural, por cantidades donadas a fundaciones el 15% del importe de la donación concurriendo determinados requisitos; por cantidades donadas para la recuperación del patrimonio cultural y natural el 15% del importe de la donación concurriendo determinados requisitos. En apoyo a la I+D+i, por cantidades donadas a universidades públicas, fundaciones y otras instituciones para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación el 15% del importe de la donación; y en el apoyo al emprendimiento, el 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación del capital de sociedades anónimas, limitadas o laborales, por importe mínimo del 0,5% y máximo del 45% del capital de la sociedad.