La Audiencia de Valladolid no reduce la condena al autor de la violación y asesinato de la niña Sara por la Ley del ‘Solo Sí es Sí’

La Audiencia de Valladolid ha decidido no revisar desde la Ley del ‘Solo Sí es Sí’, la condena de Roberto H.H., acusado de violación y asesinato de la niña Sara de 4 años en la capital vallisoletana. Así lo ha informado fuentes jurídicas a través de la resolución a la que ha tenido acceso este medio de comunicación en la cual se refleja que el varón mantiene su condena a prisión permanente revisable por los hechos ocurridos en agosto de 2017.

La decisión que se ha hecho oficial este miércoles 28 de diciembre ha tenido lugar después de que el órgano que condenó en 2019 a la pareja acusada del asesinato de la menor vallisoletana, recibiera la negativa tanto de la fiscal del caso como de la acusación popular, por parte de la Asociación Clara Campoamor. Concretamente, ambas partes consideran que la revisión de dicha condena no es de aplicación al reo ya que a éste se le impuso la máxima pena a través de la prisión permanente revisable más otros 22 años de cárcel.

El desgarrador episodio ocurrió el pasado 2 de agosto de 2017 cuando la niña de 4 años fue trasladada al Hospital Clínico de Valladolid en estado de muerte cerebral y acabó falleciendo en la noche de ese mismo día a causa de heridas irreversibles. Durante varios meses antes, la pequeña había acudido al médico donde ya los sanitarios habían alertado de que Sara se encontraba en un estado lamentable de suciedad y heridas por los episodios que sufría en la vivienda familiar ubicada en La Rondilla.

El condenado Roberto Hernández, novio de la madre de Sara, fue detenido al día siguiente de la muerte de la pequeña como autor de lesiones de maltrato, violación y asesinato. También fue arrestada la progenitora Davinia M.G. por un delito de asesinato en concepto de comisión por omisión a la que se le impuso una pena de 12 años y 11 meses de prisión.

También, la Audiencia Provincial ha remitido hoy otras tres resoluciones sin rebaja de condena para acusados de delitos sexuales. El primer caso es un hombre que fue condenado en 2018 por un delito continuado de violación a su hija desde que tenía 10 años hasta los 17 y que cuenta actualmente con una pena de 13 años y 7 meses de prisión. Otro de los no beneficiados por la polémica Ley ‘Solo Sí es Sí’ es un varón condenado por una violación continuada a su hija menor de 16 años por el que se le sentenció a 14 años de cárcel. Por último, tampoco se ha reducido la condena a otro hombre por un delito prolongado en el tiempo de abusos sexuales con penetración a su hijastra menor de edad, con una condena también de 14 años.

En este sentido, la Sala de la Audiencia de Valladolid considera que no procede la revisión de estas 4 condenas por delitos sexuales en relación a la Ley Orgánica 10/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual.