La delegada territorial de la Junta en Valladolid, Raquel Alonso, y el director general de Calidad e Infraestructuras Sanitarias, Álvaro Muñoz Galindo, han visitado en la mañana de este martes 29 de octubre el Centro de Salud Pisuerga de Arroyo de la Encomienda, donde próximamente comenzarán las obras de mejora de la climatización del edificio. Para la ejecución de dichas actuaciones, la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Sanidad, ha aprobado un presupuesto base de licitación de 786.428 euros y cuenta con un plazo de ejecución desde la adjudicación de la obra de cuatro meses.
El proyecto de mejora de la climatización del centro sanitario se realiza con el principal objetivo de sustituir la actual producción de frío mediante enfriadora eléctrica por tres bombas de calor, dotando al centro de fancoils, ventiloconvectores, en cada estancia uniendo las unidades terminales con los productores de frío y calor mediante nueva red de tuberías aisladas con el fin de mejorar la confortabilidad de pacientes y profesionales y la eficiencia energética del centro. La infraestructura donde se prevé llevar a cabo estas obras de mejora dispone de una superficie total construida de 5.719 metros cuadrados sobre una parcela de 5.037 metros cuadrados. El edificio data del año 2011 y cuenta con sótano, planta baja, primera planta y cubierta.
Por otro lado, este martes también se ha conocido que la Junta ha procedido a la modificación de la normativa sobre zonas farmacéuticas en la Comunidad, para adaptarla a las nuevas circunstancias y necesidades de la población, así como a la realidad territorial actual, y ha establecido que Arroyo de la Encomienda se convierta en Zona Farmacéutica Urbana, al superar los 20.000 habitantes, con todas las ventajas que ello supone, ya que podrá incrementar el número actual de oficinas de farmacia. Las zonas farmacéuticas se clasifican en Urbanas, Semiurbanas y Rurales, en función de la población de los municipios que incluyan. Para cada tipo de zona se determinan unos módulos de población mínima por oficina de farmacia, en orden a garantizar la adecuada atención farmacéutica de las diferentes necesidades poblacionales.
Así, la norma determina que los municipios de más de 20.000 habitantes conforman zonas farmacéuticas urbanas, y que atendiendo al número de habitantes, los módulos de población mínimos para la apertura de una farmacia en las zonas urbanas son 2.500 habitantes por oficina. Una vez superado este número, podrá establecerse una nueva farmacia por fracción superior a 1.500 habitantes. La orden por la que se establece la delimitación y actualización de las zonas farmacéuticas de la Comunidad será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.