CSIF se presenta por primera vez a las elecciones en Renault y gana una sentencia contra UGT por vulnerar los derechos sindicales

CSIF apuesta por una defensa transparente, independiente, participativa y comprometida de los derechos laborales y sindicales de los trabajadores de Renault y también de sus delegados. Francisco Manuel Sánchez encabeza la lista del sindicato independiente a las elecciones sindicales de la emblemática empresa automovilística en Valladolid, que se celebran el próximo día 23, siendo la primera vez que CSIF se presenta a las elecciones de Renault.

Precisamente, esta organización sindical ha informado de una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Valladolid, del pasado 3 de febrero, que ha declarado vulnerado, por parte de UGT, el derecho individual de libertad sindical del demandante Francisco Manuel Sánchez, que en las pasadas elecciones sindicales fue elegido representante del comité de empresa de Renault de Valladolid en las listas de UGT, y que luego fue sustituido a través de una ‘falsa’ renuncia del afectado, cuando este decidió abandonar UGT «por fuertes discrepancias por su gestión, decisiones y actitud». El fallo obliga a su restitución como miembro del comité de empresa, si bien el juicio se ha retrasado tanto -en cinco ocasiones-, que la sentencia ha llegado cuando ya se celebran unos nuevos comicios sindicales.

El fallo judicial desaprueba y rechaza las prácticas llevadas a cabo por UGT, para controlar a los trabajadores que salieron elegidos por sus listas en las elecciones sindicales en Renault. Concretamente, al demandante se le hizo firmar un escrito de renuncia de su cargo de miembro del comité de empresa -sin fecha-, antes de la propia celebración de las elecciones, celebradas el 19 de febrero de 1919. Luego, UGT presentó, el uno de diciembre de 2021 esa supuesta renuncia voluntaria, incorporando una fecha en el escrito, tras negarse Francisco Manuel Sánchez a presentar él mismo su dimisión.

Además, el juez concluye, ante los hechos ocurridos, «que nuestro ordenamiento jurídico no atribuye ni a los sindicatos ni al comité la facultad de destituir o cesar a los representantes elegidos, ni de decidir sobre la permanencia de su condición de representantes». Desde CSIF recuerda que el magistrado señaló que «en ningún caso sería admisible dicha renuncia previa a su elección al mandato representativo, al que todo elegido tiene derecho». Asimismo, que no cabe dotar de efecto a una carta de dimisión que ni se dirigía a quien correspondía hacerlo, ni podía efectuarse antes de que se ocupara el cargo del que se dice dimitir».

El fallo de esta demanda, presentada y defendida por los servicios jurídicos de CSIF, sobre tutela de derechos fundamentales frente a Renault España, UGT, el comité de empresa y la Junta de Castilla y León, declara vulnerado el derecho individual de libertad sindical del demandante; se estima la nulidad de su sustitución como miembro del comité de empresa; y a UGT se le insta a cesar «de manera inmediata» esa conducta sindical, exigiendo, para el afectado, el restablecimiento de su condición de miembro del comité de empresa.

Francisco Manuel Sánchez recuerda que su marcha de UGT, junto a la de otros tres miembros del comité de ese sindicato, «respondió al malestar y al rechazo de la deriva inasumible que venía tomando el sindicato desde hacía algún tiempo, sin contar con la opinión de los delegados y de los intereses de los propios trabajadores de Renault, y que ya no nos representaba». «La conciliación familiar, con una adecuación de las rotaciones de fin de semana y de horarios, la actualización y mejora salarial, o el cumplimiento del convenio, que caduca en 2024, serán los pilares de nuestra acción sindical en CSIF», concluye Sánchez.